sábado, 16 de octubre de 2021

Corte Constitucional da la razón a 20 trabajadores y obliga a la empresa a reintegrarlos


El pasado 26 de julio la Corte Constitucional, a través de su Sala Octava de Revisión, expidió la sentencia T-237 de 2021. En ella le dio la razón a 20 trabajadores que demandaron a GM Colmotores por considerar que los había discriminado al despedirlos. La sentencia obliga a la empresa a reintegrar a los despedidos, pagarles los salarios y las prestaciones y cancelar la indemnización a que haya lugar.


Los trabajadores habían sido despedidos desde el año pasado. La empresa había tramitado ante el Ministerio de Trabajo un permiso para prescindir de 103 trabajadores y aunque inicialmente el Ministerio le había dicho que no podía despedir a los enfermos, la empresa no hizo caso y echó a más de 50, según los caculos que hace la organización sindical.

El año anterior la abogada Liliana Marcela Quemba en representación de los trabajadores y sus organizaciones instauraron una acciones de tutela para proteger el derecho a la estabilidad laboral reforzada. Una de las acciones de tutela fue fallada a favor en segunda instancia y la empresa se vio en la necesidad de reintegrar 20 trabajadores, desde el año pasado. La otra acción de tutela fue la que tuvo que ir a revisión por parte de la Corte para que esta les diera la razón. Las dos instancias anteriores habían negado la pretensión de los 23 trabajadores para que se les tuviera en cuenta sus enfermedades laborales y se declarara improcedente su despido.

La Sala de la Corte revisó exhaustivamente el caso y concluyó que, de los 23 trabajadores, 20 tenían razón en sus pretensiones y por esto obligó a la empresa a reintegrarlos.

Para la abogada Quemba, la sentencia T-237 de 2021 de la Corte Constitucional es importante para todos los trabajadores del país. “La Corte lo que hace es materializar el enfoque diferencial en despidos masivos” dice. Significa que las empresas, a pesar de tener permiso para despedir trabajadores, no lo podrán hacer con quienes tengan enfermedades. Para poderlo hacer, necesitarán tramitar, ante el Ministerio, el respectivo permiso que les permita despedir a los trabajadores enfermos.

Fuente: Agencia de Información Laboral

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