Desde el año 2020 que inició públicamente la discusión con relación a la creación de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca hemos venido denunciando de manera argumentada nuestra profunda preocupación frente a la visión que se contempla en esta nueva figura asociativa de superior jerarquía sobre el medio ambiente, como la oportunidad desperdiciada para tomar la Estructura Ecológica Principal Regional (EEPR) como su eje articulador.
Por: Heidy Sánchez
Dentro de las “jugaditas” que hicieron para que la Región Metropolitana fuera una realidad está el modificar la Constitución en su artículo 325, permitiendo la posibilidad de conformar la Región Metropolitana como una figura sui generis en Colombia. Asimismo, con el objetivo de no incluir elementos contemplados dentro de la Ley 1625 de 2013 (Régimen para las Áreas Metropolitanas), tales como contemplar la necesidad de realizar una consulta popular (art. 8), la de ejercer competencias de autoridad ambiental (art. 9) y la inclusión en la Junta Metropolitana de organizaciones ambientales (art. 15); las cuales no con templadas dentro de esta nueva figura.
Si bien el componente ambiental, producto de la presión ciudadana y de las y los congresistas progresistas se incluyó en el marco del debate en el Congreso de la República que resultó con la expedición del Acto Legislativo 02 de 2020, su reglamentación (Ley Orgánica 2199 de 2022) sigue siendo superflua frente a los alcances, definiciones y posibles hechos metropolitanos que en materia ambiental se definan. Allí surge la inquietud en torno a para qué la definición de hechos metropolitanos y competencias dentro de la nueva figura de Región Metropolitana en materia ambiental, si se mantienen las mismas autoridades ambientales regionales y distritales, como la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR-C) y Secretaría Distrital de Ambiente, que han demostrado su ineficiencia, corrupción y la falta de coordinación para articular acciones que trascienden sus jurisdicciones.
La respuesta que salta a la vista es que existen oscuras intenciones que solo se pueden materializar manteniendo dichas estructuras de autoridades ambientales funcionales a los intereses de la especulación inmobiliaria y la expansión de áreas urbanas, modificando los usos del suelo y la presión creciente sobre los ecosistemas para satisfacer la demanda proyectada principalmente en los municipios circunvecinos de Bogotá.
Es contundente el acto legislativo 02 de 2020 y su Ley Orgánica 2199 de 2022 con relación a la imposibilidad de crear una nueva autoridad regional o afectar de alguna u otra forma la financiación de la CAR-C (artículo 1 y artículo 31, parágrafo 2 respectivamente), lo que salvaguarda este ente como máxima autoridad ambiental dentro de la nueva Región Metropolitana y elimina de entrada la discusión democrática de la pertinencia o necesidad de una nueva figura ambiental en el marco de la integración nivel regional. Pero esto no es todo, son tales los intereses para preservar la CAR–C, que en el artículo 54 de la Ley Orgánica se modifica la Ley 99 de 1993 sobre la composición del consejo directivo de dicha entidad, pasando de 2 a 1 la representación del sector privado y de las organizaciones sin ánimo de lucro que componen actualmente este órgano de decisión, pero adicional, incluyen de un plumazo como miembro pleno al director de la Región Metropolitana.
La Corrupción en la CAR-Cundinamarca
Es importante destacar que el presupuesto de la CAR-C, que para el año 2022 ascendió a más de $970.000 millones de pesos, en más de un 70% proviene de Bogotá que destina el 15% del valor del impuesto predial de acuerdo con lo mandatado en el art. 44 de la Ley 99 de 1993. Dicha entidad ha estado en el ojo del huracán por la Contraloría, Procuraduría y Fiscalía por hechos de corrupción que en algunos casos están ligados a las competencias de esta y que la Región Metropolitana mantiene, como lo son el volteo de tierras, el realinderamiento de los cauces de los ríos para ocupar mayor área en los bordes o el cambio en conceptos de la gestión del riesgo.
Los informes de la Contraloría General de la República dan muestra de hallazgos administrativos y fiscales dentro de la CAR-C. Por ejemplo, en el informe de auditoría de 2018 se identificó hallazgos por $72.000 millones. Asimismo, señaló que en esta entidad a un solo contratista se le adjudicaron 24 contratos por valor de $7.886 millones. El órgano también cuestionó los resultados de las inversiones de la Corporación frente a posibles irregularidades en la construcción de las plantas de tratamiento (PTAR) en los municipios de Apulo, Facatativá, Madrid y Sesquilé y que muestran problemas de estudios y diseños, obras inconclusas o con retrasos. Igualmente, en el informe de 2021 que analizó la vigencia 2020, se establecieron 32 hallazgos administrativos, 2 con presunta incidencia fiscal en cuantía de $918.262.411.35.
Sumado a las investigaciones de corrupción en la ejecución de recursos, falta de cobro por sanciones ambientales a empresas contaminantes, expedición de licencias y permisos ambientales dudosos, otro de los grandes problemas que ahondan la corrupción dentro de esta entidad es el favorecimiento político que se da para la elección de su máximo órgano de dirección, el consejo directivo. Precisamente, en febrero del presente año se profirió un fallo del Consejo de Estado que declara nula la elección del señor Luis Alejandro Motta, proveniente del sector esmeraldero, quien lleva más de 20 años en el consejo directivo de la CAR-C en representación de las ONG. Esto, tras analizar denuncias sobre irregularidades tales como la relación directa con los representantes legales o con alguno de los miembros de las juntas directivas de 74 de las 112 entidades sin ánimo de lucro, o la coincidencia en 40 de ellas en direcciones similares o compartiendo en muchos casos la representación legal, lo que denota el nivel de corrupción.
El volteo de Tierras en la Sabana y la permisividad de la CAR-C
La CAR-C es la autoridad ambiental de 98 municipios de Cundinamarca y la parte rural de Bogotá, y una de las mayores controversias existentes tiene que ver con modificaciones, al parecer sin fundamento técnico de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), en la urbanización de suelos rurales o ambientales, lo que aumenta de manera desproporcionada los precios del suelo; fenómeno que se conoce como “volteo de tierras”. A propósito, en un informe de 2018, la Procuraduría presentó 22 procesos disciplinarios por volteo de tierras e irregularidades en los procesos de revisión y modificación de los planes de ordenamiento territorial de municipios con jurisdicción de la CAR tales como Cajicá, Tabio, Chía, Mosquera, Madrid, Facatativá, Funza, La Mesa, Nemocón, Tenjo, Tocancipá y El Rosal.
Decirle NO a la Región Metropolitana es salvaguardar el medio ambiente
Una vez evidenciado los mantos de duda existentes sobre la máxima autoridad en materia ambiental, ratificamos que el Concejo de Bogotá y la Asamblea departamental de Cundinamarca tendrían que no aprobar el ingreso a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca hasta que se tengan certeza de las consecuencias ambientales de presión en los ecosistemas frente al uso del suelo y la demanda hídrica y energética. Igualmente, debería ser la oportunidad para generar un diálogo a escala regional sobre la necesidad de crear una nueva autoridad ambiental regional que elimine la estructura corrupta de la CAR-C y permita articular las entidades competentes de carácter local y regional para resolver los conflictos ambientales existentes y que apueste a la conservación ambiental.
Fuente: Cuarto de Hora
Por: Heidy Sánchez
Dentro de las “jugaditas” que hicieron para que la Región Metropolitana fuera una realidad está el modificar la Constitución en su artículo 325, permitiendo la posibilidad de conformar la Región Metropolitana como una figura sui generis en Colombia. Asimismo, con el objetivo de no incluir elementos contemplados dentro de la Ley 1625 de 2013 (Régimen para las Áreas Metropolitanas), tales como contemplar la necesidad de realizar una consulta popular (art. 8), la de ejercer competencias de autoridad ambiental (art. 9) y la inclusión en la Junta Metropolitana de organizaciones ambientales (art. 15); las cuales no con templadas dentro de esta nueva figura.
Si bien el componente ambiental, producto de la presión ciudadana y de las y los congresistas progresistas se incluyó en el marco del debate en el Congreso de la República que resultó con la expedición del Acto Legislativo 02 de 2020, su reglamentación (Ley Orgánica 2199 de 2022) sigue siendo superflua frente a los alcances, definiciones y posibles hechos metropolitanos que en materia ambiental se definan. Allí surge la inquietud en torno a para qué la definición de hechos metropolitanos y competencias dentro de la nueva figura de Región Metropolitana en materia ambiental, si se mantienen las mismas autoridades ambientales regionales y distritales, como la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR-C) y Secretaría Distrital de Ambiente, que han demostrado su ineficiencia, corrupción y la falta de coordinación para articular acciones que trascienden sus jurisdicciones.
La respuesta que salta a la vista es que existen oscuras intenciones que solo se pueden materializar manteniendo dichas estructuras de autoridades ambientales funcionales a los intereses de la especulación inmobiliaria y la expansión de áreas urbanas, modificando los usos del suelo y la presión creciente sobre los ecosistemas para satisfacer la demanda proyectada principalmente en los municipios circunvecinos de Bogotá.
Es contundente el acto legislativo 02 de 2020 y su Ley Orgánica 2199 de 2022 con relación a la imposibilidad de crear una nueva autoridad regional o afectar de alguna u otra forma la financiación de la CAR-C (artículo 1 y artículo 31, parágrafo 2 respectivamente), lo que salvaguarda este ente como máxima autoridad ambiental dentro de la nueva Región Metropolitana y elimina de entrada la discusión democrática de la pertinencia o necesidad de una nueva figura ambiental en el marco de la integración nivel regional. Pero esto no es todo, son tales los intereses para preservar la CAR–C, que en el artículo 54 de la Ley Orgánica se modifica la Ley 99 de 1993 sobre la composición del consejo directivo de dicha entidad, pasando de 2 a 1 la representación del sector privado y de las organizaciones sin ánimo de lucro que componen actualmente este órgano de decisión, pero adicional, incluyen de un plumazo como miembro pleno al director de la Región Metropolitana.
La Corrupción en la CAR-Cundinamarca
Es importante destacar que el presupuesto de la CAR-C, que para el año 2022 ascendió a más de $970.000 millones de pesos, en más de un 70% proviene de Bogotá que destina el 15% del valor del impuesto predial de acuerdo con lo mandatado en el art. 44 de la Ley 99 de 1993. Dicha entidad ha estado en el ojo del huracán por la Contraloría, Procuraduría y Fiscalía por hechos de corrupción que en algunos casos están ligados a las competencias de esta y que la Región Metropolitana mantiene, como lo son el volteo de tierras, el realinderamiento de los cauces de los ríos para ocupar mayor área en los bordes o el cambio en conceptos de la gestión del riesgo.
Los informes de la Contraloría General de la República dan muestra de hallazgos administrativos y fiscales dentro de la CAR-C. Por ejemplo, en el informe de auditoría de 2018 se identificó hallazgos por $72.000 millones. Asimismo, señaló que en esta entidad a un solo contratista se le adjudicaron 24 contratos por valor de $7.886 millones. El órgano también cuestionó los resultados de las inversiones de la Corporación frente a posibles irregularidades en la construcción de las plantas de tratamiento (PTAR) en los municipios de Apulo, Facatativá, Madrid y Sesquilé y que muestran problemas de estudios y diseños, obras inconclusas o con retrasos. Igualmente, en el informe de 2021 que analizó la vigencia 2020, se establecieron 32 hallazgos administrativos, 2 con presunta incidencia fiscal en cuantía de $918.262.411.35.
Sumado a las investigaciones de corrupción en la ejecución de recursos, falta de cobro por sanciones ambientales a empresas contaminantes, expedición de licencias y permisos ambientales dudosos, otro de los grandes problemas que ahondan la corrupción dentro de esta entidad es el favorecimiento político que se da para la elección de su máximo órgano de dirección, el consejo directivo. Precisamente, en febrero del presente año se profirió un fallo del Consejo de Estado que declara nula la elección del señor Luis Alejandro Motta, proveniente del sector esmeraldero, quien lleva más de 20 años en el consejo directivo de la CAR-C en representación de las ONG. Esto, tras analizar denuncias sobre irregularidades tales como la relación directa con los representantes legales o con alguno de los miembros de las juntas directivas de 74 de las 112 entidades sin ánimo de lucro, o la coincidencia en 40 de ellas en direcciones similares o compartiendo en muchos casos la representación legal, lo que denota el nivel de corrupción.
El volteo de Tierras en la Sabana y la permisividad de la CAR-C
La CAR-C es la autoridad ambiental de 98 municipios de Cundinamarca y la parte rural de Bogotá, y una de las mayores controversias existentes tiene que ver con modificaciones, al parecer sin fundamento técnico de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), en la urbanización de suelos rurales o ambientales, lo que aumenta de manera desproporcionada los precios del suelo; fenómeno que se conoce como “volteo de tierras”. A propósito, en un informe de 2018, la Procuraduría presentó 22 procesos disciplinarios por volteo de tierras e irregularidades en los procesos de revisión y modificación de los planes de ordenamiento territorial de municipios con jurisdicción de la CAR tales como Cajicá, Tabio, Chía, Mosquera, Madrid, Facatativá, Funza, La Mesa, Nemocón, Tenjo, Tocancipá y El Rosal.
Decirle NO a la Región Metropolitana es salvaguardar el medio ambiente
Una vez evidenciado los mantos de duda existentes sobre la máxima autoridad en materia ambiental, ratificamos que el Concejo de Bogotá y la Asamblea departamental de Cundinamarca tendrían que no aprobar el ingreso a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca hasta que se tengan certeza de las consecuencias ambientales de presión en los ecosistemas frente al uso del suelo y la demanda hídrica y energética. Igualmente, debería ser la oportunidad para generar un diálogo a escala regional sobre la necesidad de crear una nueva autoridad ambiental regional que elimine la estructura corrupta de la CAR-C y permita articular las entidades competentes de carácter local y regional para resolver los conflictos ambientales existentes y que apueste a la conservación ambiental.
Fuente: Cuarto de Hora
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