Después del resultado del pasado 2 de octubre, la indignación, pero también el apoyo decidido por parte de los colombianos y colombianas para alcanzar la paz ha ido aumentando sustancialmente. Conscientes de que este nuevo proceso nos traerá nuevos retos y oportunidades para lograr una convivencia y una paz estable y duradera.
Contexto
El actual momento social y político que vive el país, demuestra sin lugar a dudas, la gran influencia del estado laico, la imposición cultural de la violencia, así como de ideologías ultra conservadoras, que bajo sofismas y fantasmas que rondaron la época del oscurantismo, toman aliento y vigencia actualmente.
A nivel mundial, siempre se ha procurado una lucha histórica por parte de las mujeres por lograr una igualdad, pero esa igualdad no es otra cosa, que alcanzar el reconocimiento de ser sujetos de derechos ante la justicia. Sin embargo, esa igualdad ha sido perversamente demonizada y satanizada. Si bien es cierto que se han logrado algunos avances significativos como el reconocimiento que las mujeres fueran consideradas ciudadanas, que pudieran ejercer su derecho al voto, tuvieran la facultad de administrar sus bienes, poder laboral y estudiar. Que son nada más y nada menos que derechos fundamentales, que después de tanto insistir lograron ser conquistados por las mujeres, ¡claro no fue un camino fácil!
Han sido mucho los logros que se alcanzaron en lo últimos treinta años, así como las reivindicaciones y los avances alcanzados ha conllevado a que las nuevas generaciones sean reconocidas como sujetos de derechos. Gracias a ese persistente trabajo, en el año 1993, se denunció ante la Asamblea General de Las Naciones Unidas, y a través de ella, se logró instar a los Estados miembros a crear conciencia del trato digno hacia las mujeres, de hecho, en Colombia ya había dado este salto, debido a que, en el año 1991, se presionó a los constituyentes, a fin de lograr que los derechos de las mujeres, fueran por primera vez expresamente reconocidos en la Constitución Nacional.1
Después de la larga insistencia y haber conquistado estos derechos, en nuestra Constitución Política, en el artículo 13, explícitamente se contempla que: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. Así mismo el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.” Esto por desarrollo jurisprudencial y los desarrollos culturales y sociales de la sociedad colombiana, han incluido y protegido a los derechos de la comunidad LGTBI.
El que se haya preceptuado en el artículo 13 de la Constitución Política, la igualdad ante la ley, no fue suficiente para amparar los derechos de las mujeres y de la comunidad LGTBI, razón por la cual se debió procurar una ley que beneficiara a las personas, las familias y la sociedad colombiana. La ley 1257 de 2008 (Para la eliminación de todas las formas de violencias contra las mujeres) surge por el estado de cosas inconstitucionales en el marco del conflicto armado y el nivel de impunidad que el Estado Colombiano ha perpetuado, sin atención integral y acceso a la justicia para las mujeres, por su condición sexual, étnica y rural, se sobre entiende, que esta ley y las que han surgido complementarias, como la ley que reguló el feminicidio, son de obligatorio cumplimiento a nivel territorial. Pese a ello, las mujeres y la comunidad LGBTI siguen y continúan siendo agredida y vilipendiada.
El número de las mujeres asesinadas en todo el país, entre los años 2009 a 2013 arrojan según las cifras otorgadas por la Fiscalía General de la Nación y Medicina legal un total de 6.8612, mientras que las mujeres amenazadas, que se registraron en el año 2013, en seis departamentos del país (Antioquia, Caquetá, Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Tolima) fueron de 11.584 mujeres. 3
Muestra de ello, es que el Estado ha sido un estado omisivo, razón por la cual en diferentes circunstancias los picos de violencia en el país han aumentado y se han mantenido de acuerdo con impresionantes datos, correspondientes al año 2015, según lo registra Medicina Legal, cada 13 minutos una mujer es víctima de un acto de violencia en el país. Según la misma fuente, cada cuatro días una mujer muere en Colombia a manos de su pareja. Y como reporta otra entidad, la Defensoría del Pueblo, el promedio de casos de agresión sexual contra las mujeres es de 38 casos diarios4 De igual manera, es necesario resaltar, que al 31 de julio de 2016, en la capital del país, se registraron 11.687 casos de violencia intrafamiliar denunciados ante esta entidad.5 En este sentido, es necesario mencionar, que varios hechos victimizantes denunciaron en su debida oportunidad, ante las autoridades competentes y sin embargo no se realizaron las respectivas investigaciones, y mucho menos se tomaron las medidas necesarias para proteger la vida e integridad física de las mujeres.
En lo últimos años, y pese que se cuenta con la ley 1257 de 2008, una de las situaciones más comunes, con las que se enfrentan las mujeres, es que los funcionarios al momento de aplicar la norma no lo hacen por simple desconocimiento o por simple negligencia. O sea, que, en el momento de administrar justicia en debida forma, la realidad es que no se activan los mecanismos que se han contemplado legalmente. De igual manera, es necesario mencionar, que están en un estado de mayor vulnerabilidad las mujeres y niñas que viven las zonas rurales.
Así mismo, podemos decir, que las mujeres son víctimas en diferentes ámbitos y contextos de sus cotidianidades, como por ejemplo la violencia intrafamiliar, violencia en el contexto del conflicto armado y violencia en razón de las labores desempeñadas, como es el caso de las defensoras de derechos humanos y lideresas reclamantes de tierras muestra de ello, es que en el 2014 el SIADDHH registró un total de 55 homicidios contra defensores de DD.HH. y líderes sociales, y al cierre de 2015 se registran 63 líderes asesinados, (13% más que el año anterior).6
Por otro lado, no es menos preocupante las cifras que se han reportado contra miembros de la comunidad LGTBI entre 2013 y 2014 se registraron 164 homicidios contra la población LGBT. En 2013 hubo 83 homicidios, mientras que en 2014 se registraron 81. Un poco menos que en 2012, cuando se registraron 87 homicidios contra estas personas en el país, así Colombia Diversa documentó 222 casos de violencia policial. En 2013 se conocieron 79 hechos, pero en 2014 esta cifra ascendió a 143. En los 222 casos registrados en esos dos años, el número de víctimas fue de aproximadamente 240 personas, 110 de ellos eran personas transgénero, 41 hombres gays, 35 mujeres lesbianas y 8 personas bisexuales.7
Un nuevo señalamiento, una nueva vulneración
En las últimas semanas, se incrementó notoriamente el uso del término “ideología de género”; termino que sin lugar a dudas ayudo a generar más desinformación y polarización en el país, y pareciese que la historia vuelve a ensañarse una y otra vez contra las mujeres. Con esta tergiversación tan perversa que se ha realizado de lo contemplado y preceptuado en los Acuerdos pactados y firmados entre el Gobierno Nacional y la Guerrilla de las FARC- EP en la Habana, Cuba, es evidente el total retroceso y desconocimiento de la historia y las conquistas de los derechos de las mujeres y de la comunidad LGTBI.
Las Mujeres y la Comunidad LGBTI que han sido vulneradas en diferentes campos y esferas de la sociedad, tienen que lidiar ahora con la estigmatización; Pues varias críticas se han hecho a lo contemplado en el Acuerdo General del Procedo de Paz en la Habana, Cuba, que no es otra cosa diferente, a la de emplear un lenguaje incluyente y el reconocimiento de los derechos. Hay una realidad, que no podemos desconocer, y son precisamente esas nuevas identidades, pero que sin lugar a dudas siguen estando en la georreferenciación de la resistencia del territorio, no solo de los espacios geográficos, sino de aquellas resistencias desde el territorio del cuerpo. Pese a ello, el Estado colombiano, al igual que las sociedades definir y decidir sobre el cuerpo de las mujeres y ahora, sobre el cuerpo de la comunidad LGTBI.
Podemos asegurar, que aún nuestra sociedad se muestra indiferente, no le interesa o no se conmueve con las escalofriantes cifras de violaciones y agresiones que se presentan en contra de las mujeres y la comunidad LGTBI, y que no se ha pensado ni se están pensando en formulas eficaces que no revictimicen a las mujeres. Quienes, han sido las constructoras de paz, desde diferentes ámbitos y escenarios. Son precisamente las mujeres, las que han sufrido y tenido que soportar los vejámenes de la guerra en Colombia, pues de tras de un hecho victimizantes hay dos o tres violaciones o vulneraciones a sus derechos. Sin embargo, y con el coraje que las ha caracterizado, son quienes de igual manera, se han empeñado por descubrir la verdad y encontrar a sus seres queridos, han sido capaces de perdonar, han sido capaces de comprometerse una y otra vez con procesos que se adelanten para obtener la tan anhelada paz y como premio lo que consiguen es que gracias a campañas mentirosas se les dé la espalda y se les prive de manera inmediata a realizar de manera eficaz el goce y disfrute efectivo del derecho a la paz y la satisfacción de sus derechos como víctimas.
Pero la confianza y tenacidad de su espíritu, permitirá unir sus voces para lograr un mejor país para las futuras generaciones, donde se tenga cabida para todos y todas, y evitar que sigan en aumento el número de mujeres desplazadas, agredidas física y sexualmente, amenazadas y asesinadas. Así mismo, se logre evitar el aumento de las cifras de viudas y mujeres que sigan siendo destruidas por la pérdida de sus hijos e hijas.
Finalmente, para comenzar a entender este tema transversal a la coyuntura política y la defensa de los derechos humanos de las mujeres y la Comunidad LGBTI, queremos compartir este primer glosario términos:
Discriminación: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer también conocida por sus siglas en inglés CEDAW, la define en su artículo primero: A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Estereotipos de género: Un estereotipo es una preconcepción generalizada surgida a partir de adscribir a las personas ciertos atributos, características o roles, en razón de su aparente pertenencia a un determinado grupo social. Si bien estereotipar constituye un proceso mental indispensable que permite organizar y categorizar la información recibida con l a finalidad de simplificar el entendimiento, dicha función cognitiva resulta problemática cuando opera para ignorar necesidades, deseos, habilidades y circunstancias de las personas que se traduzcan en la restricción o negación de los derechos fundamentales, por un lado, y en la jerarquización entre grupos sociales, por el otro.
Género: La sociedad define lo que es un hombre y una mujer. En ese sentido, es distinto de sexo (hecho biológico), ya que el género se construye social y culturalmente. Por eso cambia a lo largo del tiempo y de cultura a cultura.
Violencia basada en género –VBG-: Es la que se ejerce en base al sexo o el género de una persona, en distintos ámbitos de la vida social y política, pero enraizada en las relaciones de género dominantes en una sociedad. No es sinónimo de violencia doméstica o en la pareja, abarca todas las que se ejercen desde la posición dominante masculina sobre representantes de las posiciones subordinadas, sean estas mujeres, menores, adultos mayores, discapacitados/as, integrantes de minorías (de la diversidad sexual, racial, étnica o nacional).
Violencia sexual: La OMS (2015) la define como cualquier acto sexual, cualquier intento de obtener una relación sexual, los comentarios o avances sexuales inmotivados, o los actos para la trata sexual o dirigidos de otra manera contra la sexualidad de alguien mediante coacción ejercida por cualquier persona, sea cual fuere su relación con la víctima y sea cuales fueren las circunstancias.
Notas.
1 El derecho, los derechos humanos y las políticas públicas, con perspectiva de género. Melba Arias Londoño.
2 http://www.defensoria.gov.co/public/pdf/ElconflictoarmadoyelriesgoparalamujerruralDefensoriaONU2015.pdf
3 http://www.defensoria.gov.co/public/pdf/ElconflictoarmadoyelriesgoparalamujerruralDefensoriaONU2015.pdf
4 http://www.eltiempo.com/opinion/editorial/editorial-cuando-las-mujeres-denuncian-editorial-el-tiempo/16711086
5 http://www.eltiempo.com/bogota/violencia-intrafamiliar-en-bogota/16688792
6 http://somosdefensores.org/attachments/article/137/el -cambio-informe-somosdefensores-2015.pdf
7 http://www.elespectador.com/noticias/bogota/no-cesa-violencia-contra-lgbt-articulo-565655
6 http://somosdefensores.org/attachments/article/137/el -cambio-informe-somosdefensores-2015.pdf
7 http://www.elespectador.com/noticias/bogota/no-cesa-violencia-contra-lgbt-articulo-565655
Por Erika Gómez, Secretaria Ejecutiva CPDH (E) & Equipo Jurídico CPDH
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